Congreso pospone para el 31 de Octubre debate del texto sobre retiro de AFP y admisión de moción de vacancia

 

El Presidente del Congreso Don Manuel Merino De Lama dijo que el sábado 31 de Octubre estarían resueltos los acuerdos finales de las Comisiones de Economía y de Defensa del Consumidor. 


Don Manuel Merino De Lama ocuparía la Presidencia de la República si el 31 de Octubre el Pleno del Congreso vaca a Vizcarra.

El Presidente del Congreso Don Manuel Merino De Lama convocó a sesión plenaria el próximo Sábado 31 de Octubre para debatir el proyecto de Ley que faculta el retiro de los aportes al sistema privado de pensiones (AFP), así como consultar la admisibilidad de la nueva moción de vacancia presidencial.


Merino De Lama tomó esta decisión luego que las Comisiones de Economía y de Defensa del Consumidor no acordaron sobre el texto consensuado entre ambos grupos de trabajo que se discutió esta noche.



"No habiendo acuerdo entre la Comisión de Economía y de Defensa del Consumidor se convoca a pleno el Día Dábado 31 donde allí se determinará los acuerdos finales (...) y en esa fecha también se verá la admisibilidad de la (moción) vacancia presidencial", expresó Don Manuel Merino De Lama.


El Pleno debatió hoy el texto sustitutorio de la Ley que faculta el retiro de los aportes a las Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) en el contexto del Estado de Emergencia.


La norma autoriza a los afiliados que no registren aportaciones ni retenciones por más de 12 Meses consecutivos a la fecha de vigencia de la Ley, a retirar de manera facultativa hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) del total de sus fondos acumulados en su cuenta individual de capitalización (CIC).



La Ley no es aplicable a quienes califiquen para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo .


Según una disposición final transitoria se autoriza el retiro excepcional facultativo de hasta 1 UIT para los afiliados que en cualquiera de los últimos 12 Meses no hayan registrado aportes y retenciones, excepto aquellos que a la fecha de entrada en vigencia de la Ley hayan registrado aportes y retenciones. RPP.



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